Si cierro mi negocio, ¿tengo derecho al paro?

27 jun. 2024

Si eres autónomo y alguna vez te has preguntado “si cierro mi negocio, ¿tengo derecho a paro?", en este post te ayudamos a resolver todas tus dudas.

derecho a paro por cierre de negocio

Si estás pensando en lanzarte al emprendimiento y te asaltan todo tiempo de dudas, o si ya eres trabajador por cuenta propia y tienes una empresa, puede que te preguntes: “Si cierro mi negocio, ¿tengo derecho a paro?”. Una duda que hoy te resolvemos, detallándote todos los trámites y requisitos necesarios para tener acceso al paro para autónomos. ¡Empezamos!

 

Prestación por cese de actividad: el paro de los autónomos

La respuesta que estás buscando es sí, los autónomos tienen paro, solo que en vez de llamarse prestación por desempleo como en el caso de personas que trabajan por cuenta ajena, se llama prestación por cese de actividad y, como es obvio, tiene otros requisitos y especificaciones.

El objetivo del paro de los autónomos es proteger a los trabajadores autónomos si acaba su actividad. Este cese de la actividad podrá ser total, por cierre de negocio, como en el caso que nos ocupa, o parcial, si tu actividad solo se ha visto reducida. Así, los autónomos tienen derecho a un paro que incluye:

  • El abono de una prestación económica mensual por cese de actividad.
  • La cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.

Sabiendo que los autónomos tienen derecho a paro, ¿quieres saber qué cuantía les corresponde? Como en el caso de los asalariados, el paro del autónomo es el 70% de la base reguladora media de los últimos 12 meses previos al cese de su actividad.

Aunque existen algunos requisitos más concretos e incompatibilidades que se pueden consultar en la web de la prestación por cese de actividad de la Seguridad Social, los requisitos generales que debe cumplir un autónomo que tiene derecho a paro son:

  • Estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social, y con los pagos al día de la cuota de autónomos.
  • Haber cotizado durante al menos 12 meses dentro de los últimos 24 meses antes de cesar la actividad.
  • Encontrarse en situación de cese de actividad legalmente justificado.

Si tengo un negocio, ¿soy autónomo?

Como ya hemos visto, ser autónomo y cobrar el paro es algo totalmente compatible cuando se cierra una empresa, pero puede que ante esta afirmación te surja otra pregunta: ¿todo dueño de negocio debe ser autónomo? La respuesta corta es sí, casi siempre. La larga, te la damos a continuación.

Las personas que formen una sociedad, es decir que son dueños de un negocio, serán considerados autónomos siempre y cuando ejerzan un puesto de dirección, administrador o gerente, y/o tengan más del 50% de las acciones del capital social, ya que en este caso se entenderá que tienen el control efectivo de la sociedad. Es decir, si el socio de una empresa desempeña un puesto con el que se entiende que gestiona o administra esa sociedad, sí que debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

 

¿Cómo hacerse autónomo?

Si has llegado hasta aquí porque quieres tener claros todos los escenarios que puedes encontrarte al abrir un negocio, incluido el hecho de tener que cerrarlo, y aún tienes dudas sobre los pasos a seguir para empezar a trabajar por cuenta propia, tal y como explica la revista de la Seguridad Social, deberás seguir el siguiente proceso:

  • Darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos para lo que, previamente, se necesita tener un número de afiliación a la Seguridad Social. Recuerda que, en el momento de gestionar estos trámites, tendrás que hacer constar la entidad gestora o mutua por la que optas para cubrir el riesgo de enfermedad o accidente laboral, ya que su contratación es obligatoria.
  • Inscribirte en el Censo de Empresarios de la Agencia Tributaria.
  • Comunicar la apertura del centro de trabajo en la Consejería de Trabajo de tu Comunidad Autónoma.
  • Solicitar las licencias pertinentes en función de la actividad que vayas a desarrollar en tu caso.

Tip extra: Recuerda que, gracias a la digitalización de la administración, ahora puedes realizar todos estos trámites online de forma cómoda y rápida sin salir de casa. Para hacerlo, te recomendamos contar con alguna identificación electrónica, como el certificado digital o el DNI electrónico, ya que te permitirá agilizar muchos procesos como, por ejemplo, solicitar el paro de autónomos.

Requisitos para ser autónomo

Para solicitar el alta como trabajador autónomo y, por ende, poder acogerse al paro de autónomos, se necesitan una serie de documentos y datos específicos que te detallamos a continuación:

  • El Código del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) y la Administración Tributaria de tu actividad habitual.
  • El código de actividad CNAE.
  • Fecha de inicio y domicilio de actividad.
  • Una estimación aproximada de tus rendimientos netos anuales.
  • Seleccionar una base de cotización.
  • Escoger la Mutua colaboradora que cubrirá tus riesgos laborales.
  • Una cuenta bancaria para domiciliar la cuota.

Si ahora que ya sabes que los autónomos tienen derecho a paro al cerrar su negocio ves más claro lanzarte a la piscina del emprendimiento, en Zurich te acompañamos en cada paso con nuestro seguro para negocios de Zurich Seguros para que ningún accidente o imprevisto pueda detenerte ni a ti ni a tu negocio.

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